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Año 2021

Declaración del impuesto a gasolina y ACPM 2021

Documento oficialF430-2021ColombiaAño 2021
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Vista previaVista previa del documento Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM - Resolución 4 de enero 15 de 2019 — Año 2021, Colombia (CERFA n°F430-2021)
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Conoce la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM según la Resolución 4 de enero 15 de 2019

La declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM es un proceso fundamental para los contribuyentes que producen, importan o comercializan estos combustibles en Colombia. La Resolución 4 de enero 15 de 2019, vigente para el año 2021, establece las directrices y requisitos que deben cumplir los responsables tributarios para cumplir con sus obligaciones fiscales ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Este documento oficial busca garantizar la correcta liquidación, pago y reporte del impuesto, así como facilitar el control y la fiscalización por parte de las autoridades tributarias.

¿Quiénes están obligados a presentar esta declaración?

Están obligados a presentar la declaración del Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM los responsables que produzcan, importen o vendan estos combustibles en el territorio nacional. Esto incluye a las empresas distribuidoras, importadoras y comercializadoras, así como a quienes tengan la obligación de llevar registros específicos de sus operaciones relacionadas con estos productos. La declaración debe realizarse mensualmente, en concordancia con los periodos fiscales establecidos por la normativa vigente y según las cantidades de gasolina y ACPM comercializados o importados en cada periodo.

Aspectos clave para diligenciar la declaración

1. Datos del contribuyente

  • Es importante contar con la información actualizada del NIT, razón social, dirección y representante legal, además de los datos de contacto y firma del declarante.
  • El formulario 430, que corresponde a la declaración del año 2021, incluye campos específicos para registrar la identificación del responsable, así como los datos de los responsables de la liquidación del impuesto.

2. Información sobre producción, importación y venta

  • Debe registrarse el total de galones de gasolina y ACPM importados o producidos en el periodo, discriminados por clases de producto, como gasolina corriente, extra, ACPM, entre otros.
  • Es fundamental diferenciar las cantidades vendidas en zonas de frontera, en San Andrés y en otras áreas específicas, para aplicar correctamente las tarifas y exenciones correspondientes.

3. Cálculo del impuesto

  • El total a pagar se obtiene sumando los valores correspondientes a cada clase de combustible, considerando las tarifas establecidas en la normativa vigente.
  • Es necesario registrar los pagos en exceso de periodos anteriores, si los hubiera, y realizar los ajustes necesarios en la declaración.

Recomendaciones para la presentación y cumplimiento

La declaración debe presentarse en línea a través del portal de la DIAN, asegurando que toda la información sea precisa y esté respaldada por los registros contables y documentales correspondientes. La resolución establece que las casillas destinadas a cada dato deben diligenciarse con precisión, evitando errores que puedan generar sanciones o requerimientos por parte de la autoridad tributaria.

Asimismo, es importante tener en cuenta los plazos establecidos para la presentación, que corresponden al mes siguiente al periodo fiscal, y realizar los pagos en la misma fecha para evitar sanciones por extemporaneidad. La resolución también contempla la posibilidad de presentar correcciones en caso de errores detectados posteriormente, siempre que se hagan dentro de los plazos permitidos.

Referencias y organismos de referencia

Este proceso está regulado por la Ley 962 de 2005, que exige la publicación gratuita de los formularios en el portal del Estado colombiano (gov.co). La DIAN es la entidad encargada de la administración y fiscalización del impuesto, además de brindar orientación y soporte técnico a los contribuyentes para el diligenciamiento correcto de la declaración.

Para mayor información, los contribuyentes pueden consultar la resolución 4 de enero 15 de 2019, disponible en el portal oficial de la DIAN, donde también encuentran los formularios y guías actualizadas para el año 2021. Cumplir con estas obligaciones contribuye a la transparencia fiscal y al fortalecimiento del sistema tributario en Colombia.

Preguntas frecuentes

¿Qué establece la Resolución 4 de 2019 para 2021?

Define las directrices y requisitos para declarar el impuesto a gasolina y ACPM en Colombia.

¿Quiénes deben presentar la declaración del impuesto?

Productores, importadores y comercializadores de gasolina y ACPM en Colombia.

¿Cuál es la importancia de cumplir con esta declaración?

Es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar sanciones.

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